Gisela Alonso – Rosa Inés Colombo
La Plata 2012
Sabemos que el develamiento de situaciones de abuso sexual intrafamiliar sufridas por los niños resulta disruptivo en la dinámica familiar. Este develamiento puede suceder en forma accidental a partir de comportamientos que despiertan sospechas o simplemente son los niños quienes necesitan revelar las situaciones abusivas. Las madres de estos niños atraviesan distintas etapas desde el momento en que reciben los primeros relatos hasta la denuncia judicial como pedido de asistencia. Es importante entonces reflexionar sobre los procesos que atraviesa una mujer que denuncia situaciones de abuso sobre sus hijos. Cabe señalar que muchas veces el sistema judicial no logra dar una adecuada respuesta a ese pedido de intervención que debería garantizar derechos y prevenir mayores daños en estos casos. Es el sistema judicial el que, en lugar de proteger tanto a los niños como a sus madres, los descuida, revictimiza y maltrata nuevamente.
Las reacciones de las madres que advierten situaciones de abuso sexual infantil sobre sus hijos por parte de su pareja pueden ser variadas. Encontramos madres que no pueden creer lo que están escuchando, que el dolor que esto les produce, el horror que despierta el pensar que alguno de sus hijos pudo ser víctima de los hechos denunciados las lleva a momentos de negación y aislamiento del problema como modo de afrontamiento. Otras, en cambio, se muestran más proclives a creer rápidamente en sus hijos y salir en su defensa, apareciendo entre estas dos reacciones extremas infinidad de matices determinados por las historias personales o el contexto de vida. Así en muchos casos las madres adoptan medidas protectoras aún sin poder creer absolutamente las sospechas del abuso; otras consultan a profesionales con la esperanza de que éstas no sean confirmadas; otras han detectado algunos indicios previamente que por distintos motivos han desestimado. Para dar cuenta de los posibles posicionamientos de estas mujeres con relación a sus hijos, nos serviremos de un caso central y de otros en comparación a éste para analizar el proceso que atraviesan estas madres desde los momentos previos a la develación de los hechos hasta las contingencias propias de la intervención judicial.
Llamaremos María a la niña víctima de abuso (de siete años de edad) y Ana a la madre de la niña. Ana se casó con Martín (padre de María) hace diez años. Ana es profesional de ciencias económicas y Pablo traductor público. Si bien la relación de pareja no era conflictiva, existían ciertas diferencias y dificultades.
María es una niña con adecuados recursos simbólicos, con capacidad lúdica y que logra diferenciar fantasía de realidad. La niña pudo contar y relatarle a su madre las conductas abusivas que había venido padeciendo hace bastante tiempo por parte de su padre, es decir, de los comportamientos sexualmente inadecuados de su padre y emociones desagradables que esta situación le habían generado. Cabe mencionar que la develación del secreto es así un primer acto en un trabajo de tramitación psíquica que será complejo, en tanto involucra la elaboración de lo traumático.
Frente a esta situación que Ana enfrenta con perplejidad y angustia, en primer lugar habilita la palabra de la niña para poder contar todo lo que ésta pudiera referir. De este modo, Ana inicia un proceso de significación y resignificación de diferentes situaciones anteriores que validan los dichos de la niña. Ana decide confrontar a Martín ante la develación de la situación abusiva, quien responde sin montos evidentes de angustia ni sorpresa. Ana decide irse con la niña de la casa, al mismo tiempo que ambos progenitores deciden consultar a profesionales psicólogas para evaluar a María y constatar la existencia de indicadores asociados con abuso sexual y conocer los alcances del posible daño. Ésta situación resulta poco habitual en casos de abuso sexual intrafamiliar, dado que en general es la madre quien lleva adelante las consultas y evaluaciones de los niños que denuncian este tipo de abuso, ya que los padres involucrados niegan desde el inicio su implicación en los hechos que se le imputan. Luego de varias consultas y evaluaciones psicológicas, Ana decide establecer la denuncia judicial que inicia la investigación.
A partir de la denuncia se establece una medida cautelar y es por esto que la niña no vio a su padre varios meses hasta que éste incumplió dicha medida precautoria. Mientras tanto Ana intentó sostener el vínculo de María con otros familiares paternos hasta avanzado el proceso judicial, lo cual da cuenta de que esta madre intenta proteger y cuidar a la niña, y trata de evitar cambios drásticos que puedan dañar más a su hija.
Es importante señalar entonces que la actitud de Ana en el transcurso de los episodios ha estado motivada únicamente en la necesidad de generarle a la niña un marco de contención y seguridad, a diferencia de otros casos donde el esfuerzo de que la Justicia se pronuncie parece sostenerse en cuestiones personales del orden de la reivindicación social personal, donde las madres necesitan la aprobación de sus relatos y se esfuerzan por logar una condena social y judicial del imputado que las reposicione a ellas mismas en esa realidad. En el caso presentado tampoco se ponen en juego como en otros cuestiones ligadas a lo económico, que en muchos casos operan obstaculizando la posibilidad de validar el relato del niño ante la posibilidad de perder el nivel socioeconómico conseguido. Menos aun se imponen cuestiones de carácter religioso que funcionan, en la mayoría de los casos, encubriendo comportamientos abusivos y perjudicando tanto la capacidad de escucha como la posibilidad de hacer circular la situación de maltrato con espontaneidad por la palabra y hacerla trascender con cierta rapidez a ámbitos sociales y judiciales.
Cabe destacar que el hecho de aceptar que el abuso sexual haya efectivamente ocurrido es un aspecto que en las madres de estos niños abusados toma su tiempo: a muchas mujeres les cuesta creer que la persona que ellas han elegido para formar su familia sea capaz de abusar sexualmente de sus hijos. En este sentido, en el caso presentado vemos cómo Ana ha podido reaccionar rápidamente frente al relato de la niña, buscando ayuda profesional y legal e intentando salir de la violencia más allá de las conductas coercitivas recibidas por parte del padre de la niña luego de la denuncia judicial. En este sentido Sanz y Molina (1999) sostienen que la dinámica violenta establece en la interacción familiar una característica de relación dominador-dominado, en la cual la díada madre-hija es victimizada con el mismo tipo de abuso y opresión.
La intervención judicial debería orientarse a producir efectos favorables en el contexto familiar, en la medida en la que colabora a tramitar la cuestión de la culpabilidad y opera instalando una legalidad diferente y ordenadora. Sin embargo, cuando la Justicia interviene como una instancia meramente administrativa, se reedita en los niños víctima de abuso sexual infantil y en sus madres el desamparo que este tipo de maltrato involucra. Así se evidencia en el caso propuesto, cuando se dispone así una medida cautelar temporal a cuyo término no sería renovada, a pesar de que el contexto para la niña continúa resultando de riesgo y mas allá de que el juicio continúa en instrucción y sin sentencia definitiva, desprotegiendo nuevamente tanto a la madre como a la niña y favoreciendo su revictimización, ahora por parte del Sistema Judicial. Sabemos que las medidas cautelares son ordenadas por el Juez sostenidas en la prevención de daños, es decir, que deberían actuar como un supuesto de prevención terciaria donde se intenta reparar el perjuicio ya producido, aunque difícilmente se alcanza, con características de amparo, de tutela y de protección de las víctimas.
En lo que respecta a la evaluación pericial de María, lo cierto es que la niña atraviesa las entrevistas demostrando aspectos disfuncionales de su comportamiento y en sus producciones, evidenciando indicadores específicos asociados al abuso sexual infantil intrafamiliar. Por un lado, María ha dado cuenta de cierta inhibición y resistencia a hablar de aquello que le duele y preocupa, y por otro se constata en María un estado de hiperalerta que demuestra el estado de tensión en el que la niña permanece. Asimismo su juego evidencia factores de lo disruptivo y traumático y la constante referencia al secreto de aquello que no se puede contar. Es decir, son muchos los indicadores del orden de lo traumático que interfieren en el normal desarrollo afectivo de la niña.
Ana su madre, esperando, que la niña muestre de alguna forma en la pericia lo que a ella le ha contado y al mismo tiempo, reservada, sin contaminar a la niña, sin pedirle que diga nada por fuera de sus capacidades o posibilidades emocionales. Ana, si bien se muestra muy afectada por la situación, no trasmite en ningún momento estas sensaciones a la niña y la acompaña en todas las instancias judiciales que la niña enfrenta. Ana tampoco exige al padre de María, como correspondería, su compromiso económico en el cuidado de la niña con el fin de evitar la confrontación y hace frente ella misma de todos los gastos que antes eran compartidos.
Cómo hace esta madre para cuidar sin exigir, porque si ella se muestra ansiosa o quiere intervenir por el cuidado de su hija, este comportamiento puede ser interpretado como inductivo, siempre está la duda de las falsas denuncias, siempre asalta el fantasma de la mentira o la fabulación.
Y es porque el maltrato infantil en todas sus formas y el abuso sexual infantil en particular es un hecho repudiable y al mismo tiempo negado, escondido, desestructurado del resto. No existe, no es posible, no pudo haber ocurrido. Para los progenitores, para sus familias, para la escuela, para la Justicia. Se espera que sea una falsa denuncia, no otra vez un niño abusado y un padre o una madre envuelto en semejante atrocidad.
Y en este hecho sombrío, difícil de aceptar están los agentes de la Justicia que intentando contemplar derechos y obligaciones no logran proteger o auxiliar a estas familias.
Es evidente que el maltrato infantil imprime marcas en el niño y sus familias para toda la vida, por eso resulta importante instaurar un cambio en la sociedad y en este sentido también en y desde la Justicia para proteger a los niños que atraviesan situaciones de abuso sexual intrafamiliar y a sus madres. Es necesario que el sistema judicial delimite y ejerza sus funciones de modo eficaz para permitirles a estas familias situarse en un mundo legislado. Sabemos que no es posible curar sin que interceda la Justicia al mismo tiempo. Resulta evidente que la intervención legal, cuando es eficaz, permite la reparación de lo que el niño o niña víctima ha sufrido y habilita el proceso de elaboración del duelo de las certezas familiares perdidas para siempre.
BIBLIOGRAFÍA
Colombo, R. (2011) En defensa d delos niños. La evaluación psicológica hoy?
III Congreso internacional de violencia y Maltrato infantil. Buenos Aires.
Sanz, D & Molina, A (1999) Violencia y abuso en la familia. Buenos Aires. Lumen Humanitas.
Geréz Ambertín, M (2012) Culpa, responsabilidad y castigo: La sexualidad ante la Ley (volumen IV). Buenos Aires. Letra Viva.